La incierta consulta ciudadana
junio 28, 2021Los ciudadanos tenemos incertidumbre en lo que se nos ha consultado por disposición de la Suprema Corte, respecto a lo cual debemos manifestarnos en las urnas el próximo 1 agosto. Son tres los motivos de esta falta de certeza a mi entender.
Primero. Nos preguntan si estamos de acuerdo en que se lleven a cabo acciones pertinentes para el esclarecimiento de decisiones políticas. ¿Qué tipo de acciones son las que deben llevarse a cabo? Puede tratarse de una investigación por parte de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, de la Fiscalía General de la República o puede crearse una comisión de la verdad. ¿Qué hay que entender por “decisiones políticas”? Puede caber una interpretación muy estricta, y que los actos administrativos no sean motivo de las indagatorias; o puede entrar toda decisión tomada por los poderes públicos, incluidas las leyes y las decisiones de jueces.
Como creo que existe un derecho a la verdad, y estoy convencido de que hay que desterrar la impunidad de este país, me parece que sí es oportuno que se esclarezcan. Pero, ¿cuál es el tipo de acciones que deben emprenderse al respecto? ¿Eso implicará la creación de nuevos órganos que haya que pagar con recursos públicos? Las respuestas a estas preguntas pueden condicionar el sentido del voto de alguien. Si es, como se plantea, en términos generales, me parece que no tiene sentido que se haga esa consulta a la ciudadanía, pues se trata de obligaciones que ya tiene el Estado con independencia de lo que se responda.
Segundo. Nos preguntan por investigar las decisiones políticas tomadas en los años pasados. ¿Cuál es la temporalidad? Podrían entrar decisiones como la cancelación del aeropuerto o el manejo de la pandemia, pues fueron tomadas en años pasados, anteriores a 2021. También podrían investigarse decisiones de hace muchos años, como la firma del Tratado Guadalupe-Hidalgo, que aconteció en años pasados. Quizá habría que interpretarla con la parte final, en donde se habla de garantizar justicia y los derechos de las víctimas. Sólo en caso de que pueda repararse o sancionarse un ilícito. Sin embargo, no es clara la pregunta.
Tercero. No hay claridad respecto a las obligaciones que se derivarán de la consulta. Conforme a la Constitución, si participa por lo menos el cuarenta por ciento de la ciudadanía, el resultado es vinculante para las autoridades competentes. ¿Quiénes son éstas? Esto es de suma relevancia, para poderle exigir a alguien, en su caso, que cumpla con la decisión de la mayoría de los ciudadanos que participaron. Sino será más de lo mismo. No habría a quien pedirle cuentas por solapar la impunidad.
Me parece que era mucho más clara y precisa la pregunta original propuesta por el presidente López Obrador. Se sabía que se trataba de una responsabilidad penal. Se sabían los sexenios que se iban a indagar. Se sabía que quedaban vinculados tanto el ministerio púbico como los jueces. El problema es que era inconstitucional hacer esa pregunta. Y para que se hiciera sin trasgredir tan fehacientemente la Constitución, la Corte hizo malabarismos lingüísticos que nos han dejado con incertidumbre y sin la posibilidad de exigirle a alguien que se cumpla nuestra voluntad expresada en las urnas.
José María Soberanes Díez
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