Cofece y la controversia constitucional

Cofece y la controversia constitucional

febrero 7, 2022 Desactivado Por La Opinión de

El pasado diciembre de 2021, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) promovió una controversia constitucional en contra de la omisión del presidente de la República de dar continuidad al proceso de designación de los comisionados que conforman su órgano de gobierno.

Al respecto, la Cofece es un órgano constitucional autónomo cuyo objeto es el de garantizar la libre concurrencia y competencia económica, prevenir, investigar y combatir los monopolios, las prácticas monopólicas, las concentraciones y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados. Es decir, es el órgano antimonopolios del Estado mexicano.

Asimismo, su órgano máximo de decisión se integra con un Pleno de 7 comisionados, incluido su presidente, quienes decidirán de manera colegiada los asuntos que, en el ámbito de sus atribuciones, correspondan a la Comisión.

Por su parte, para designar a los comisionados que conforman su órgano de gobierno, se instituyó la creación de un Comité de Evaluación, cuyo fin es el de organizar los procesos de selección para todos aquellos aspirantes a ser comisionados.

Inicialmente, el Comité de Evaluación se integró por los titulares del Banco de México (Banxico), el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) y el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE). Sin embargo, derivado de una reforma constitucional en materia educativa en el año 2019, se extinguió el INEE, por lo que el Comité de Evaluación opera actualmente con los titulares del Banxico y el Inegi.

En tal sentido, el proceso de selección de comisionados se conforma de cuatro etapas:

  1. Acreditación de perfiles. En el supuesto de existir vacantes en el Pleno de la Cofece, la persona que ostente el carácter de comisionado presidente debe informar al Comité de Evaluación, a fin de que dicho órgano emita una convocatoria para realizar el proceso de selección respectivo. En dicha etapa los interesados deben acreditar ante el Comité la idoneidad de su perfil conforme a lo previsto en el artículo 28, párrafo vigésimo tercero, de la Constitución.
  2. Presentación de un examen de conocimientos. De acuerdo con la información que envíen los aspirantes, el Comité de Evaluación seleccionará a las personas que cuenten con el perfil para ser comisionados, quienes serán citados para presentar un examen de conocimientos.
  3. Designación del presidente de la República. El Comité de Evaluación, por cada vacante, enviará al presidente de la República una lista con un mínimo de 3 y un máximo de 5 aspirantes, que hubieran obtenido las calificaciones aprobatorias más altas, quien seleccionará de entre ellos, al candidato que propondrá para su ratificación al Senado de la República.
  4. Ratificación de la Cámara de Senadores. A partir de la presentación de la propuesta del presidente de la República y dentro de un plazo improrrogable de 30 días naturales, el Senado de la República ratificará con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes al nuevo comisionado.

De acuerdo con lo señalado, el proceso de selección de comisionados se inserta en una lógica de contrapesos, a fin de que la designación no recaiga en el ámbito de uno solo de los Poderes de la Unión, con lo que además se busca reducir la discrecionalidad y evitar nombramientos que no cuenten con el perfil idóneo para tomar decisiones en un ámbito sumamente técnico y especializado, como lo es el de competencia económica.

La controversia constitucional

Actualmente, el Pleno de la Cofece cuenta únicamente con 4 comisionados, pues los 3 puestos restantes se encuentran vacantes debido a que las personas que los ocupaban concluyeron su periodo como comisionados.

En tal sentido, es necesario que los puestos faltantes se ocupen, pues, al ser el Pleno un órgano colegiado, se toman deliberaciones relevantes que inciden en las condiciones de competencia económica del país. De igual modo, el Pleno se encuentra actualmente imposibilitado para tomar acuerdos que requieren de mayorías calificadas (5 de 7 votos).

Aunado a lo anterior, la razón por la cual no se ha dado continuidad al proceso de selección de los Comisionados se debe a que el presidente no ha designado a las personas que deberán ser ratificadas ante el Senado, pues el Comité de Evaluación ya efectuó 3 procesos de selección donde evaluó perfiles, aplicó exámenes y envió al Ejecutivo 3 listas de personas que acreditaron contar con el perfil idóneo para ser comisionados.

Cabe señalar que, si bien el presidente no cuenta con un plazo constitucional o legal para presentar aspirantes a ser ratificados ante el Senado, es evidente que la falta de nombramientos imposibilita el adecuado ejercicio de atribuciones de la Cámara de Senadores y, principalmente, el de la Cofece, pues se está debilitando su capacidad para tomar decisiones y con ello se afecta la posibilidad de tomar acuerdos relevantes que inciden en las condiciones de competencia económica y, por ende, en el bienestar de todas las personas que diariamente consumimos bienes y servicios.

En ese sentido, la Cofece promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional, debido a que la omisión presidencial se estima violatoria al sistema de distribución de competencias. Asimismo, con la falta de nombramientos, el Ejecutivo ha dejado de observar una disposición constitucional, sin que a la fecha haya mediado justificación alguna.

Finalmente, no se descarta que el presidente haga los nombramientos correspondientes antes de que Corte emita una sentencia, por lo que será interesante brindar seguimiento al desenvolvimiento de dicho juicio constitucional. Del mismo modo, con esta controversia, la Cofece se encuentra promoviendo las alternativas jurídicas que tiene a su alcance, a fin de proteger su autonomía y sus atribuciones dentro de un orden y normalidad democráticos, por lo que se aspira a un desenlace jurídico que fortalezca el papel de los órganos constitucionales autónomos y el sistema federal de distribución de competencias, más aún, cuando desde el Poder Ejecutivo ha sido enfática y reiterada la resistencia y la crítica hacia la existencia de dichos órganos.

Héctor Ramírez

Imagen: Internet

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