La dictadura (casi) perfecta
noviembre 22, 2018A más de una década del inicio de la llamada “guerra contra el narcotráfico”, que comenzó durante el gobierno del Presidente Felipe Calderón y continuó durante el sexenio del Presidente Enrique Peña Nieto, la violencia sigue vigente en nuestro país. Lo que inició como política pública de seguridad “temporal” y “extraordinaria” no ha hecho más que incrementar los índices de violencia, así como normalizar un estado de guerra de facto. El cual se materializa con la presencia del ejército en las calles, los constantes enfrentamientos entre militares y narcotraficantes, las ejecuciones extrajudiciales que se han presentado como consecuencia de dichos enfrentamientos y las muertes de miles de civiles como víctimas colaterales del fuego cruzado, lo cual constituye una violación flagrante de los Derechos Humanos.
Sin embargo, el Estado mexicano buscó la manera de justificar la presencia y el actuar de las Fuerzas Armadas Mexicanas, ejerciendo funciones de seguridad pública, mediante la creación de la denominada Ley de Seguridad Interior, misma que fue aprobada en diciembre de 2017 por el Congreso de la Unión. Dicha ley buscaba justificar, mediante un marco jurídico ad hoc, el desempeño de las tareas que realizan el Ejército y la Marina en materia de seguridad pública, dotándolos de facultades y potestades excesivas, las cuales, aunadas al fuero militar, propiciaban violaciones a los Derechos Humanos de manera sistemática.
Lógicamente, por sus deficiencias y vicios de inconstitucionalidad e inconvencionalidad, la Ley en comento fue objeto de impugnaciones por parte del Congreso de la Unión, del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), el Partido Político Movimiento Ciudadano, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro y la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco[1].
Fruto de esas impugnaciones, que se hicieron valer ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) –mediante las acciones de inconstitucionalidad 6/2018, 8/2018, 9/2018, 10/2018 y 11/2018–, fue que el pasado viernes 16 de noviembre la SCJN declaró inválida la Ley de Seguridad Interior, por ser un ordenamiento jurídico que contraviene el espíritu garantista de la Constitución y las sistemáticas violaciones a los Derechos Humanos que podrían propiciarse derivado de su aplicación.
Desgraciadamente en nuestro país estamos acostumbrados a combatir el aumento de la violencia con alternativas de mano dura, como lo es el aumento de penas a delincuentes, la reducción de derechos al debido proceso, llevar a cabo detenciones arbitrarias, la implementación de la tortura como método de investigación en materia penal, el arraigo, extender la prisión preventiva, entre otras; sin embargo, el resultado no ha sido el esperado, sino desastroso. En ese contexto es que se crea la Ley de Seguridad Interior, misma que no incorpora en su texto jurídico control alguno en materia de Derechos Humanos, alterando de fondo la relación civil con la militar. Sin embargo, ese tipo de soluciones no suelen ser las más idóneas en un Estado de Derecho moderno.
En ese sentido, nos parece importante señalar que la aplicación de la Ley en comento hubiera sido el pretexto perfecto para la violación sistemática de Derechos Humanos y la normalización de las fuerzas armadas ejerciendo facultades de seguridad pública. Aunado a ello la entrada de la nueva administración, encabezada por Andrés Manuel López Obrador, así como la mayoría absoluta que tiene Morena en el Congreso de la Unión serían el escenario perfecto para eliminar completamente el delicado sistema de pesos y contrapesos políticos que sostienen una democracia y un Estado de Derecho en el siglo XXI. Puesto que la suma de la Presidencia, el Congreso y un ejército legitimado para actuar en las calles, a merced de los caprichos de una persona, serían, sin lugar a duda, una amenaza inminente para el pueblo mexicano y para la democracia moderna que se ha ido consolidando poco a poco.
Sin embargo, la resolución de la Acción de Inconstitucionalidad 6/2018 por parte del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación viene a reafirmar la importancia del Estado de Derecho Mexicano, así como la supremacía de la Constitución Política por sobre las leyes nacionales. Situación que, sin duda alguna, genera certeza en estos tiempos de incertidumbre política.
Bernardo Perera y Arturo Vázquez
[1] Cfr.: Acción de Inconstitucionalidad 6/2018 y sus acumuladas 8/2018, 9/2018, 10/2018, 11/2018, 16/2018 y 21/2018.