Arranque legislativo y de Derechos Humanos

Arranque legislativo y de Derechos Humanos

septiembre 10, 2018 Desactivado Por La Opinión de

Bernardo Perera C.

Apenas hace un par de días se dio el arranque de la nueva Legislatura, y tanto los diputados como los senadores nos han dado mucho de qué hablar. Por un lado ya suenan las nuevas coaliciones parlamentarias, cinco diputados del Partido Verde en alianza con el grupo parlamentario de Morena, a cambio de una concesión de licencia a uno de sus senadores en la cámara alta. Por otro lado, el trabajo técnico-legislativo también ya encendió su maquinaria, las iniciativas comenzaron a turnarse a las respectivas comisiones y los legisladores comenzaron a disputarse los minutos en tribuna para poder sacarse la foto.

En la Cámara de Senadores una iniciativa llamó mi atención, presentada por la Senadora Martha Lucía Mícher Camarena y por el Senador Germán Martínez Cázares, ambos senadores por Morena. Se trata de una “Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se Reforman y Adicionan Diversas Disposiciones de las Leyes del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado”, misma que versa principalmente sobre dos puntos: 1.- Modificar el texto legislativo para adoptar un lenguaje incluyente, y 2.- Abrir la prestación de servicios sociales a la comunidad LGBTTTIQ.

Pero, ¿cuál es la relevancia de dicha iniciativa?, podrían preguntarse muchos. Y su importancia radica en que la comunidad LGBTTTIQ en México ha sido constantemente excluida de los servicios que presta el Estado, durante años, e inclusive se les han llegado a negar servicios básicos.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en reiteradas ocasiones, se han posicionado con respecto a la no discriminación de personas en razón de sus preferencias sexuales. Tan es así, que el párrafo quinto del artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece factores prohibidos de discriminación, a los que ha llamado categorías sospechosas, dentro de ellos se encuentra aquella motivada por preferencias sexuales.

Recordemos que el párrafo tercero, del artículo previamente mencionado, señala que el Estado, independientemente del Poder del que se trate, está obligado a promover, respetar y garantizar los derechos humanos –dentro de ellos las prestaciones de seguridad social– de todas las personas, sin distinción alguna. Así pues, el Poder Legislativo tiene la obligación de legislar bajo una visión protectora y promotora de los derechos humanos, a través de la cual se vele en todo momento por la protección más amplia.

Es en ese sentido que, si la Suprema Corte de Justicia de la Nación en reiteradas ocasiones ya se ha posicionado en favor del matrimonio entre personas del mismos sexo[1], al igual que lo ha realizado la Corte Interamericana, resulta incomprensible que no puedan acceder a los mismos derechos –en el caso que nos ocupa, a la seguridad social– que las parejas heterosexuales tienen acceso y que se encuentren bajo una unión civil del mismo carácter.

Resulta incomprensible porque lo que están pidiendo no es atribuible a nada más que a la discriminación. No hay ningún alegato de afectación a terceros o de vulneración o confrontación entre ese derecho y algún otro. Este es un caso claro en el que el texto actual de la Ley vulnera a un grupo ya de por sí vulnerable, en donde los defensores del texto actual tienen más en mente una batalla ideológica que las personas concretas que lo sufren. Como sociedad, es importante que aplaudamos y apoyemos este tipo de propuestas legislativas que pugnan por una protección más amplia de los derechos de todas las personas.

 

[1] Cfr.: 1a./J.84/2015 (10a). Primera Sala. Décima Época. Consultado en: https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Documentos/Tesis/2010/2010676.pdf

Réplicas